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[Debate 48 hs] Revisión General del Estatuto Modificado

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Dthvader
Virgi Tee
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[Debate 48 hs]  Revisión General del Estatuto Modificado Empty [Debate 48 hs] Revisión General del Estatuto Modificado

Mensaje por Virgi Tee Lun Sep 30, 2013 3:51 pm


Organización Partidaria
Aceptada por la Asamblea el día 19/09/2011
Modificada por la Asamblea 15/09/2013


Introducción
Este documento no pretende ser una LEY dogmática incuestionable, sino unas reglas de organización básica para que el partido pueda funcionar correctamente. Es por ello, que en el presente, no se pretende dejar plasmado cada procedimiento ni dejar sin lagunas las actividades del partido.


ESTATUTO  DEL PARTIDO UNIÓN POPULAR ARGENTINA

El Partido Unión Popular Argentina (UPA) es un grupo de personas que busca promover el bienestar de sus afiliados y de eArgentina sobre la base de la igualdad, la justicia y la soberanía popular,  manifestada en la forma democrática, participativa y representativa del gobierno.
El partido  reconoce todas las libertades compatibles con la libertad ajena, la felicidad colectiva, promueve el bienestar general y la vigencia de una efectiva justicia en la convivencia eciudadana.


Capítulo I
Del Estatuto


Artículo 1.- El estatuto es el órgano rector del partido.
Artículo 2.- No se podrá llevar a cabo ninguna medida que esté en contra del Estatuto.
Artículo 3.- El estatuto será válido si es aprobado por la Asamblea de UPA.
Artículo 4.- El único que puede modificar o aprobar un nuevo estatuto es la Asamblea de UPA.
Artículo 5.- Para modificar o aprobar un nuevo estatuto, la iniciativa la debe tomar el Presidente en funciones del partido o un miembro de la Asamblea UPA, previo debate y votación. Dichas modificaciones no podrán ir en contra de los principios partidarios.

Capítulo II
De los deberes y derechos de los afiliados


Artículo 6.- Podrá afiliarse oficialmente al Partido Unión Popular Argentina cualquier ciudadano eargentino que libremente así lo desee. Para ello, deberá encontrarse afiliado ingame y solicitar los permisos inforo.
La solicitud de afiliación oficial implica la adhesión a  los Principios Partidarios, el compromiso de cumplir con el Estatuto y el respeto hacia los demás miembros del partido.
Artículo 7.- La afiliación sólo podrá ser negada en caso de sospecha de que el eCiudadano sea una multicuenta de otro jugador o de que solicite la afiliación con la finalidad de perjudicar al partido.
Artículo  8.- En los supuestos establecidos en el artículo anterior, se procederá a informar al solicitante, los motivos por los cuales se deja en suspenso su afiliación y se lo invitará a realizar un descargo. En caso de que éste lo presente, la Asamblea del partido resolverá en caso.
Artículo 9.- La condición de afiliado se pierde:
a) Por decisión de la asamblea fundada en las circunstancias establecidas en el art. 7.
b) Por no ingresar en el foro durante un período de 2 meses.
c) Por abandonar el partido ingame. En este último supuesto el afiliado podrá informar los motivos que justifiquen su desafiliación ingame pudiendo la asamblea mantenerlo en su condición de afiliado.
Artículo 9 bis. La administración deberá mantener en el área de debates un listado actualizado de los afiliados. Asimismo será su responsabilidad el otrorgamiento de los permisos y la revisión periódica del cumplimiento de los requisitos por parte de los afiliados. La misma deberá ser realizada al menos cada 15 días.


Capítulo III
De la organización Inforo


Artículo 10.- Serán considerados asambleístas aquellos afiliados que:
a) Tengan dos meses consecutivos de permanencia como Afiliados.
b) Tengan un mínimo de 60 mensajes inforo.
Artículo 11. - Excepcionalmente la asamblea podrá otorgar la condición de asambleísta a aquellos afiliados que sin cumplir con las condiciones anteriores hayan mostrado un alto compromiso con las actividades partidarias.
Artículo 11 bis. La administración deberá mantener en el área de votaciones un listado actualizado de los asambeístas. Asimismo será su responsabilidad el otrorgamiento de los permisos y la revisión periódica del cumplimiento de los requisitos por parte de los afiliados. La misma deberá ser realizada al menos cada 15 días.


Capítulo IV
Del Poder Legislativo  


Artículo 12.- La Asamblea es el organismo de mayor importancia y el que toma las decisiones en el partido.
Artículo 13.- Está conformado por los afiliados.
Artículo 14.- Su función es la de tomar decisiones en cargos partidarios, alianzas con otros partidos, cambios en el foro, eliminación o creación de una MU, ideales partidarios y demás cuestiones de importancia, como así también proponer y votar cualquier medida que impulsen los miembros del partido.
Artículo 15.- Las votaciones de la Asamblea deberán realizarse en dos periodos:
- Primero: Hilo de 48hs, en el cual se expondrán las ideas y se debatirá sobre las mismas. El hilo deberá llevar el nombre "[DEBATE 48HS]" anteponiéndose al  título del tema a tratar y podrá ser extendido por otro plazo de 24 hs si se considera necesario. Excepcionalmente, si las características del tema debatido o la celeridad necesaria lo amerita podrá limitarse el debate a 24hs.
- Segundo: Hilo de 24hs, en donde se elegirá y decidirá por medio de la votación la idea final.  El hilo deberá llevar el nombre "[VOTACIÓN 24HS]" anteponiéndose al  título del tema a tratar. Si las características de la cuestión planteada lo requieren podrá abrirse la votación por un plazo matoy. Asimismo y excepcionalmente podrá efectuarse un debate y votación conjunta por razones de urgencia en la toma de decisiones así como en atención a la falta de necesidad del debate previo. Solo podrán votar los asambleístas.
Artículo 16.- Los debates serán abiertos por cualquier afiliado con nivel de "Asambleista" en el Foro. Las votaciones serán abiertas por el PP quien está obligado a tener en cuenta todas las posiciones en el sondeo para que se pueda votar libremente.
Artículo 16 BIS.- Será competencia de la Asamblea:
a) Elegir al PP
b) Decidir sobre la admisión o expulsión de afiliados
c) Remover candidatos a PP y candidatos congresistas según lo considere.
d) Todos aquellos que temas que influyan en los objetivos y principios del Partido así como aquellos que afecten en la vida cotidiana del mismo

Capítulo V
Del Poder Ejecutivo


Artículo 17.- El Poder Ejecutivo partidario será ejercido por un Presidente, un Vicepresidente y los Secretarios que el primero designe.
Artículo 18.- Para ser candidato a PP es requisito haber realizado tareas en alguna de las áreas del PE por al menos un mes.
Artículo 19.- Cada Presidente puede tener como máximo 2 mandatos consecutivos. Una vez cumplidos, deberá  esperar un periodo presidencial para poder presentarse nuevamente como candidato.

Presidente
Artículo 20.-
El Presidente tiene la facultad de organizar su gabinete acorde a su criterio, tanto en la elección de sus secretarios, como en la organización y competencia de cada secretaría.
Artículo 21.- El Presidente está a cargo de ejecutar la política externa del Partido
Artículo 22.- El Presidente es el encargado de dirigir la actuación de la Asamblea. Deberá abrir los hilos de votación, moderar y adecuar al procedimiento cualquier propuesta que presenten los afiliados.
Artículo 23.- El Presidente puede delegar sus funciones de gobiernos al VicePresidente, así como también a las diferentes Secretarías. La delegación precitada será implícita a los secretarios en el ámbito de sus competencias y para el VPP en la dirección de la Asamblea.
Artículo 24.- El Presidente tiene la obligación de presentar un informe de gestión 72 horas después del fin de su mandato.

Vicepresidente
Artículo 25.-
El vicePresidente del partido es elegido por el Presidente electo.
Artículo 26.- El vicePresidente suplanta en caso de ausencia al Presidente en sus funciones.
Artículo 27.- El vicePresidente puede ser sólo cesado del cargo por el voto de la Asamblea.
Artículo 28.- El vicePresidente es el que ocupa el cargo de Presidente por renuncia del segundo en sus obligaciones y compromisos.
Artículo 29.- El vicePresidente no puede llevar a cabo 2 mandatos consecutivos en el Poder Ejecutivo.
Artículo 30.- Es el principal asesor del Presidente en ejercicio.


De la forma de elección
Artículo 31.-
Entre el día 8 y 10 de cada mes se deberá abrir un tema para la presentación de los candidatos a Presidente por un plazo no menor a 72 hs hábiles previa a la elección.
Artículo 32.- Los candidatos deberán presentar su postulación con el gabinete tentativo incluido y las propuestas a realizar durante su gestión.
Artículo 33.- Finalizada la etapa de candidaturas se realizará la votación por 24 horas. En caso de que sólo un candidato se haya presentado válidamente será proclamado automáticamente como candidato oficial a presidir el partido.
Artículo 34.- El candidato que cuente con la mayor cantidad de votos será el candidato oficial del partido.


Capítulo VI
De la Unidad Militar Ejército Popular Argentino (EPA)

Artículo 35.-
Epa estará a cargo de un Comandante y un Subcomandante.
Artículo 36.- El Presidente elige al Comandante y éste a su vez al Subcomandante.
Artículo 37.- El Comandante es el encargado de elegir a los capitanes de los regimientos, como así también puede elegir a una persona que esté a cargo de los repartos de la unidad militar.
Artículo 38.- El Comandante podrá organizar pegadas con otras unidades militares
Artículo 39.- El Comandante deberá informar acerca de las prioridades establecidas por el Ministerio de Defensa.

Capítulo VII
De las Secretarías

Artículo 40.-
Las secretarías serán definidas por el PP quien tendrá completa libertad para crearlas, suprimirlas, fusionarlas, dividirlas o cualquier otra modificación que considere oportuna para la mejor consecución de los objetivos de su gestión.
Artículo 41.- Cada secretaría estará encabezada por un secretario, el que será nombrado por el PP. Así mismo, el PP conserva la facultad de desplazarlo del cargo en cualquier momento y sin expresión de causa.
Artículo 42.- El Cargo de Secretario no tiene duración temporal definida, cesando en su cargo por destitución, reemplazo o eliminación de la Secretaría a su cargo.
Artículo 43.- La asamblea, por mayoría simple, podrá destituir a un secretario por causa fundamentada.
Artículo 44.- Cada secretaría tendrá libertad para desarrollarse de la manera más adecuada en la prosecución de los fines propios a su competencia, teniendo que respetar los objetivos establecidos por el PP y la Asamblea. Así mismo podrá contar con Subsecretarios, Asesores, Asistentes y el grupo de trabajo necesario para el cumplimiento de sus funciones.
Artículo 44 BIS.- Están responsabilizadas a informar, al menos una vez por semana, los avances realizados en su sección. Las secciones de las secretarías en el foro deben ser limpiadas cada mes, salvo los temas que se han subido a la categoría de “anuncio” o “postit”.

Secretaría de Reclutamiento
Artículo 45.-
Desde la Secretaría se redactará el mensaje para los reclutadores dicho mensaje consta de:
a) Una presentación propia del reclutador y del partido.
b) Promoción del plan de reparto "TRP".
c) Instrucciones para la afiliación.
d) Dirección del foro del partido, de la Unidad Militar y del IRC de UPA.
e) Promoción de los juegos realizados en la Secretaría de Ocio.
f) Guías y consejos para el nuevo jugador.
Artículo 46.- El rol fundamental de la Secretaría es el del envío de MPs Ingame a jugadores sin afiliación política.
Artículo 47.- La Secretaría dispondrá de un video y presentación para nuevos reclutadores, con el fin de instruir a los nuevos reclutadores, se proporciona desde la sección de la Secretaría del foro, un video instructivo, acompañada de diapositivas a modo de presentación.
Artículo 48.- La Secretaría incentivará la participación de los reclutadores de manera activa, impulsándolos a alcanzar las metas previstas en el mes.
Artículo 49.- La Secretaría dispondrá de objetivos mensuales como meta a alcanzar desde la misma.


Secretaría de Finanzas y Trabajadores de empresas partidarias
Artículo 50.-
La Secretaría de finanzas será la responsable  de los activos partidarios
Artículo 51.- La Secretaría se encargará de proveer recursos para llevar a cabo las diferentes actividades del partido.
Artículo 52.- Facilitar los Ars para la producción de las empresas del partido y vender parte de lo producido para incrementar la disponibilidad de ars
Artículo 53.- Facilitar los recursos para las actividades de las diferentes Secretarías (Ocio, Difusión, Integración, etc.).
Artículo 54.- Recibir y contabilizar donaciones.
Artículo 55.- En cada cambio de mandato, deberá dejar en condiciones una nueva planilla según los ajustes y/o modificaciones que se requieran.
Artículo 56.- Es función de todo Secretario/a de finanzas, formar a su asistente de tal forma que pueda suplirlo en caso de ser necesario.
Artículo 57.- La elección del ayudante se realiza a criterio del Secretario. Debe ser activo y estar al tanto de las actividades partidarias.
Artículo 58.- Se pueden presentar a trabajar en cualquiera de las empresas de UPA aquellas personas que por lo menos estén registrados en el foro.
Artículo 59.- El sueldo será fijado por una cantidad de Ars que será pagado ingame; y, otra parte, será enviada por donación, según el precio del mercado y lo que determine la secretaría de finanzas que se puede pagar.
Artículo 60.- Los trabajadores podrán donar, ya sea, 1 día de su trabajo o más días. Deberán comunicárselo por pm al presidente del partido o las personas a cargo de las tareas de finanzas.
Artículo 61.- Después de 3 días consecutivos de inactividad o 5 días de ausencia en un periodo de un mes, los empleadores, están en total de libertad de darles despido según crean conveniente. Así mismo se creará una lista de sustitutos para que puedan ocupar esos lugares.
Artículo 62.- La prioridad de estos lugares será tenida en cuenta según División a la que pertenezcan, participación en el foro y cantidad de días que puedan realizar donaciones de trabajo.

Secretaría de Ocio
Artículo 63.-  
La Secretaría de ocio será la responsable de la administración de los diferentes juegos
Artículo 64.-  El Secretario puede elegir ayudantes y asesores.
Artículo 65.- La Secretaría de Ocio podrá recaudar con los juegos y si fuera necesario, destinar al partido, parte de la misma.
Artículo 66.-  Una vez al mes, la Secretaría, deberá presentar un balance de las actividades que desarrollaron y de los gastos y ganancias que obtuvieron.

Capítulo VIII
De  requisitos a congresistas

Artículo 67.-
Ser miembro activo del partido y pertenecer al grupo de Asambleístas.
Artículo 68.- En caso de existir un curso vigente de  Formación de Congresistas en el partido, será condición excluyente para postularse haberlo realizado y aprobado. En caso de que algún congresista decida postularse nuevamente, será eximido de este punto.
Artículo 69.- Una vez electos en el foro por medio de la votación de la Asamblea, se ordenarán según la cantidad de votos totales que se obtuvieron. En caso de empate será el PP quien tendrá la potestad de establecer el mencionado orden.
Artículo 70.- El Congresista podrá donar el gold que adquiera por ser electo Congresista.
Artículo 71.- Los Congresistas electos del partido se desempeñarán en sus funciones según los intereses del partido.
Artículo 72.- Están obligados a informar en el foro partidario que leyes votan y cuál fue la dirección de su voto. Deben solicitar, siempre que sea posible, opinión a los afiliados sobre las leyes que se estén discutiendo o votando. Debe dar preferencia a un voto común y compacto con otros congresistas del partido.

De la forma de elección
a) Entre el día 18 y 20 de cada mes se deberá abrir un tema para la presentación de los candidatos a Congresistas por un plazo no menor a 72 hs hábiles previa a la elección.
b) Finalizada la etapa de candidaturas se realizará la votación por 24 horas.
Los candidatos con mayor cantidad de  votos serán los candidatos oficiales del Partido.


Capítulo IX
De las sanciones

Artículo 73.-
Todo jugador puede ser sancionado por mal comportamiento hacia el partido o hacia algún miembro del mismo. También pueden ser sancionados aquellas personas que se le detecte tener diferentes cuentas desde una misma IP.
Artículo 74.- Todo/s aquel/los damnificado/s podrá/n presentar a la asamblea. la orden de impartir justicia hacia el acusado si el daño realizado es en contra del Partido. El Presidente o en su defecto el Vicepresidente tiene que presentar la orden.
Artículo 75.- Todo jugador sancionado puede tener su descargo para el mismo tendrá como plazo 72 horas.
Artículo 76.- Una vez que el acusado realiza el descargo es la Asamblea quien decide si sanciona o no al acusado, así como también la gravedad de la sanción.
Artículo 77.- La sanción de dividirá en leve, media y grave:
a) Leve: será un llamado de atención.
b) Media: la suspensión de los accesos del foro por un tiempo determinado y a su vez suspensión de los diferentes planes donde esté beneficiado.
c) Grave: suspensión permanente del foro.
Artículo 78.- En caso de detectarse diferentes cuentas desde una misma IP, se les solicitará a las personas involucradas, que expliquen dentro de un plazo máximo de 96 horas , los motivos por los que comparten la misma IP. Si aquellas personas no realizan sus descargos, se les suspenderán de manera permanente del foro y de los diferentes planes.
Artículo 79.- Toda persona que quiera presentar una sanción hacia otra persona tiene que tener el siguiente formato:

“En el día de la fecha 00/00/00, yo (nick del jugador) presento una denuncia hacia (nick del acusado), por (hecho que realizó) (link del hilo si es que hay ) (si hay testigo se coloca el nick del jugador o los jugadores ) dejo también las capturas de pantallas como modo de prueba del delito que realizó.
Desde ya muchas gracias (nick del jugador) espero que la asamblea resuelva este hecho con la mayor imparcialidad posible.


Principios de UPA

Igualdad

Igualdad de mérito; existirá una estructura que les permitirá a quienes se encuentren mejor posicionados acceder a mayor información y tomar decisiones junto con los demás miembros en la Asamblea. Se avanzará dentro de esa estructura por el mérito que cada uno logra a través de sus acciones.

Democracia
Democracia partidaria es lo que dicta la mayoría teniendo en cuenta a todos los miembros del partido como iguales, siempre que estén inscriptos en el foro y cumplan con el Estatuto partidario.

Patriotismo

Patriotismo, sentimiento de amor hacia la patria, procurando llevar adelante un proyecto de epaís de acuerdo a nuestros ideales, propósitos y objetivos.

Libertad
Libertad de pensamiento y opinión respetando las decisiones tomadas como partido.

Unidad
Unidad en la diversidad; debatimos las ideas dentro del partido y para el afuera todos defendemos una misma postura.

Flexibilidad
Crear los espacios para el progreso. Ser flexibles frente a las nuevas ideas y estar abiertos al debate e intercambio de opiniones.

Orden
Todo jugador que acepte una responsabilidad dentro del partido debe responder por sus acciones para asegurar el pleno funcionamiento del partido y a su vez evitar las órdenes contrapuestas.

Compromiso
Compromiso entendido como una promesa en donde los jugadores que aceptan tareas, funciones o cargos dentro del partido se obligan a cumplirlas, siempre que esté dentro de sus posibilidades.
El partido delega una responsabilidad al jugador que se compromete, él cual en caso de que no pueda cumplirla, deberá iniciar un proceso de transición a cualquier afiliado capacitado para cumplir con el deber del anterior.

Compañerismo
Cada uno es responsable de crear un ambiente de discusión sana y próspera dentro del partido, respetando a los pares.

Coherencia
Debe existir concordancia de lo dicho con lo hecho. Defender con hechos y acciones lo que se acordó dentro del partido.

Alegría
Buscar siempre la diversión, ser siempre positivo y optimista. Evitar enojos tanto dentro como fuera del partido ya que este es un juego y sirve para divertir a las personas.



Propósitos Partidarios de UPA

1.- Reunir y nuclear a todos los e-Argentinos con ganas de divertirse  aceptando los principios y estatuto de UPA.
2.- Brindar apoyo económico y de formación a todo miembro activo que así lo requiera.
3.- Apoyar y colaborar para el crecimiento de nuestra eArgentina, aportando miembros o aliados a nuestro partido en puestos de gobierno y control.
4.- Ser una agrupación independiente (elegir autoridades propias), democrática (escuchar todas las voces), productiva (aportar para el bienestar de los miembros) y transparente
5.- Ofrecer un espacio para el esparcimiento y entretenimiento de todos los jugadores de eR.
6.- Formar eCuidadanos capacitados para la toma de decisiones importantes en el ePaís.
7.- Priorizar la discusión sobre la pelea, las ideas sobre las personas y los logros colectivos sobre los individuales.
8.- Fomentar la creatividad y el ingenio de todos, logrando así el surgimiento de ideas nuevas que beneficien el crecimiento de eArgentina.
9.- Nadie va a recibir órdenes, sino que se reciben consejos.
10.- Buscar el crecimiento colectivo, respetando siempre a las minorías y teniendo un trato igualitario para con todos sus miembros.


Última edición por Virgi Tee el Mar Oct 22, 2013 5:02 pm, editado 4 veces
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Mensaje por Dthvader Lun Sep 30, 2013 3:54 pm

Shocked Shocked   paraise paraise paraise 

Q laburito te mandaste.
Dame un rato q lo miro bien y veo si hay alguna cosa.
usita
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Mensaje por Capitan General Smilodon Lun Sep 30, 2013 4:54 pm

MODIFICACIONES EN ROJO

POR FAVOR AGREGUEN LOS SIGNOS DE PUNTUACIÓN, FALTAN PUNTOS Y COMAS Razz

Esto ya de por si es en contra del estatuto Razz

Por eso propongo:

Estatuto escribió:Capítulo I Del Estatuto
Artículo 5.- Para modificar o aprobar un nuevo estatuto, la iniciativa la tiene que tomar el Presidente en funciones del partido o un miembro de la Asamblea del Partido Unión Popular Argentina, previo debate y votación.. Dichas modificaciones no podrán ir en contra de los principios partidarios.
Algunas cosas de tiempo y votacion:

Estatuto escribió:Capítulo III: De la organización Inforo
Artículo 11.- Dentro del mismo, existirá un grupo inforo "Afiliados" donde los pertenecientes:
- No podrán tener acceso a la "Zona Ejecutiva" del Foro secciones como, Finanzas, Infraestructura y Relaciones Interpartidarias.
- Participarán en Debates, no así en Votaciones de la Asamblea.
- No podrán presentarse a ningún cargo a Nivel eNacional que represente al Partido por el periodo de 4 meses desde la inscripción en el foro
- No podrán presentarse a ningún cargo en el Frente Rotoísta de Liberación (FRL) por el periodo de 4 meses desde la inscripción en el foro
- Se les otorgará un plazo de 2 (dos) meses desde el registro inforo para convertirse en "Asambleista".
-  Por razones de fuerza mayor, se puede pasar a un "Afiliado" a "Asambleista" por medio de votación en la Asamblea por mayoría simple.
Expansión en tiempo de debate:

Estatuto escribió:Artículo 15.- Las votaciones de la Asamblea deberán realizarse en dos periodos:
- Primero: Hilo de 24hs, en el cual se expondrán las ideas y se debatirá sobre las mismas. El hilo deberá llevar el nombre "[DEBATE 48HS]" anteponiéndose al tema a tratar y podrá ser alargado por 24 horas mas si un Asambleista lo considerase necesario.
- Segundo: Hilo de 24hs, en donde se elegirá y decidirá por medio de la votación la idea final.  El hilo deberá llevar el nombre "[VOTACIÓN 24HS]" anteponiéndose al tema a tratar.
En el estatuto dice "sonde", supongo que habrá sido sondeo, por las dudas lo pongo Razz

Estatuto escribió:Artículo 16.- Los debates serán abiertos por cualquier afiliado con nivel de "Asambleista" en el Foro. Las votaciones serán abiertas por el PP quien esta obligado a tener en cuenta todas las posiciones en el sondeo para que se pueda votar libremente.
De 86 a 96hs y correcciones menores...:

Estatuto escribió:Artículo 83.- En caso de detectarse diferentes cuentas desde una misma IP se les solicitará a las personas involucradas que expliquen, dentro de un plazo de 96 horas máxima, los motivos por los que comparten la misma IP. Si aquellas personas no realizan sus descargos se les suspenderán de manera permanente del foro y de los diferentes planes.
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Mensaje por Virgi Tee Lun Sep 30, 2013 5:37 pm

Estatuto escribió:Artículo 15.- Las votaciones de la Asamblea deberán realizarse en dos periodos:
- Primero: Hilo de 24hs, en el cual se expondrán las ideas y se debatirá sobre las mismas. El hilo deberá llevar el nombre "[DEBATE 48HS]" anteponiéndose al tema a tratar y podrá ser alargado por 24 horas mas si un Asambleista lo considerase necesario.
- Segundo: Hilo de 24hs, en donde se elegirá y decidirá por medio de la votación la idea final.  El hilo deberá llevar el nombre "[VOTACIÓN 24HS]" anteponiéndose al tema a tratar.
DONE!!!!!!!!!!!!!!!!! Arreglada la puntuación, las preposiciones... las mayúsculas... etc, etc, etc...

Arreglé tb en donde dice... "primero"... debe decir HILO 48 HS!

Mati sos un genio.... graciassssssssssssss!!!!!!!!!!!!!!!
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Mensaje por Mat22 Lun Sep 30, 2013 7:48 pm

Solo algunas boludeces.

Artículo 9.- Cualquier afiliado podrá ser excluido de dicha condición por los motivos enunciados en el art. 7 por decisión de la asamblea.

Artículo 15.- Las votaciones de la Asamblea deberán realizarse en dos periodos: 
- Primero: Hilo de 24hs, en el cual se expondrán las ideas y se debatirá sobre las mismas. El hilo deberá llevar el nombre "[DEBATE 24HS]" anteponiéndose al tema a tratar 
No deberia ser de 48 hs?
- Segundo: Hilo de 24hs, en donde se elegirá y decidirá por medio de la votación la idea final.  El hilo deberá llevar el nombre "[VOTACIÓN 24HS]" anteponiéndose al tema a tratar. 

Artículo 46.- El Secretario puede elegir ayudantes y asesores (redundancia con el art 44?)

Artículo 53.- La Secretaría la compondrá un Secretario que será elegido por el Presidente (redundancia art 41?)
Artículo 54.- El Secretario puede elegir ayudantes y asesores (redundancia con el art 44?)


Artículo 68.- La Secretaría la compondrá un Secretario que será elegido por el Presidente(redundancia art 41?)
Artículo 69.- El Secretario puede elegir ayudantes y asesores (redundancia con el art 44?)


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Mensaje por Virgi Tee Lun Sep 30, 2013 7:52 pm

el articulo 15 lo arregle... el resto q decis, entonces lo quito? colocando el primero ya estaria claro el resto? yo ni lo toque a eso porq ni me di cuenta! ja
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Mensaje por Capitan General Smilodon Lun Sep 30, 2013 8:12 pm

Igual Virgee, esto es debate, luego se vota...
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Mensaje por Virgi Tee Lun Sep 30, 2013 8:18 pm

Capitan General Smilodon escribió:Igual Virgee, esto es debate, luego se vota...
Si... ya sé... pero la gramática... ortografía... redundancias... esas cosas las voy arreglando... Si hay modifcaciones de contenido, las hago cdo se termine de debatir...
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Mensaje por Cataratas Mar Oct 01, 2013 12:28 pm

Que puerta que abrieron....

Lo estudio un poco y posteo.
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Mensaje por Cataratas Mar Oct 01, 2013 1:38 pm

Capítulo II
De los deberes y derechos de los afiliados

Artículo 6.- Podrá afiliarse oficialmente al Partido Unión Popular Argentina cualquier ciudadano eargentino que libremente así lo desee. Para ello, deberá encontrarse afiliado ingame y solicitar los permisos inforo.
La solicitud de afiliación oficial implica la adhesión a  los Principios Partidarios, el compromiso de cumplir con el Estatuto y el respeto hacia los demás miembros del partido.
Artículo 7.- La afiliación sólo podrá ser negada en caso de sospecha de que el eCiudadano sea una multicuenta de otro jugador o de que solicite la afiliación con la finalidad de perjudicar al partido.
Artículo  8.- En los supuestos establecidos en el artículo anterior, se procederá a informar al solicitante, los motivos por los cuales se deja en suspenso su afiliación y se lo invitará a realizar un descargo. En caso de que éste lo presente, la Asamblea del partido resolverá en caso.
Artículo 9.- La condición de afiliado se pierde:
a) Por decisión de la asamblea fundada en las circunstancias establecidas en el art. 7.
b) Por no ingresar en el foro durante un período de 2 meses.
c) Por abandonar el partido ingame. En este último supuesto el afiliado podrá informar los motivos que justifiquen su desafiliación ingame pudiendo la asamblea mantenerlo en su condición de afiliado.
Artículo 9 bis. La administración deberá mantener en el área de debates un listado actualizado de los afiliados. Asimismo será su responsabilidad el otrorgamiento de los permisos y la revisión periódica del cumplimiento de los requisitos por parte de los afiliados. La misma deberá ser realizada al menos cada 15 días.

Artículo 10.- Serán considerados asambleístas aquellos afiliados que:
a) Tengan dos meses consecutivos de permanencia como Afiliados.
b) Tengan un mínimo de 60 mensajes inforo.
Artículo 11. - Excepcionalmente la asamblea podrá otorgar la condición de asambleísta a aquellos afiliados que sin cumplir con las condiciones anteriores hayan mostrado un alto compromiso con las actividades partidarias.
Artículo 11 bis. La administración deberá mantener en el área de votaciones un listado actualizado de los asambeístas. Asimismo será su responsabilidad el otrorgamiento de los permisos y la revisión periódica del cumplimiento de los requisitos por parte de los afiliados. La misma deberá ser realizada al menos cada 15 días.


Capítulo III
Del Poder Legislativo  

Artículo 12.- La Asamblea es el organismo de mayor importancia y el que toma las decisiones en el partido.
Artículo 13.- Está conformado por los afiliados.
Artículo 14.- Su función es la de tomar decisiones en cargos partidarios, alianzas con otros partidos, cambios en el foro, eliminación o creación de una MU, ideales partidarios y demás cuestiones de importancia, como así también proponer y votar cualquier medida que impulsen los miembros del partido.
Artículo 15.- Las votaciones de la Asamblea deberán realizarse en dos periodos:
- Primero: Hilo de 48hs, en el cual se expondrán las ideas y se debatirá sobre las mismas. El hilo deberá llevar el nombre "[DEBATE 48HS]" anteponiéndose al  título del tema a tratar y podrá ser extendido por otro plazo de 24 hs si se considera necesario. Excepcionalmente, si las características del tema debatido o la celeridad necesaria lo amerita podrá limitarse el debate a 24hs.
- Segundo: Hilo de 24hs, en donde se elegirá y decidirá por medio de la votación la idea final.  El hilo deberá llevar el nombre "[VOTACIÓN 24HS]" anteponiéndose al  título del tema a tratar. Si las características de la cuestión planteada lo requieren podrá abrirse la votación por un plazo matoy. Asimismo y excepcionalmente podrá efectuarse un debate y votación conjunta por razones de urgencia en la toma de decisiones así como en atención a la falta de necesidad del debate previo. Solo podrán votar los asambleístas.
Artículo 16.- Los debates serán abiertos por cualquier afiliado con nivel de "Asambleista" en el Foro. Las votaciones serán abiertas por el PP quien está obligado a tener en cuenta todas las posiciones en el sondeo para que se pueda votar libremente.

Artículo 16 BIS.- Será competencia de la Asamblea:
a) Elegir al PP
b) Decidir sobre la admisión o expulsión de afiliados
c) Remover candidatos a PP y candidatos congresistas según lo considere.
d) Todos aquellos que temas que influyan en los objetivos y principios del Partido así como aquellos que afecten en la vida cotidiana del mismo
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Mensaje por Virgi Tee Mar Oct 01, 2013 4:33 pm

Wiiiiiiiiiiiiii me gusta!!!!!!!!!
alguno dice algo de los ppios y propósitos??????

PERSONA MÁSSSSSSSSS??????????????????????????????
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Mensaje por Virgi Tee Miér Oct 02, 2013 9:24 pm

Nadie más???????????
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Mensaje por Claudia Miér Oct 02, 2013 10:26 pm

Perdon Virgi, colgue con esto mal!!! mañana lo leo
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Mensaje por Virgi Tee Lun Oct 21, 2013 3:03 pm

Clau... lo pudiste ver?
puedo copiar definitivamente las modificaciones del estatuto y q quede listo?
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Mensaje por Dthvader Mar Oct 22, 2013 7:57 am

En lo q responde a las formas ahi no me meto xq soy de terror...
Con respecto al contenido creo q esta todo y no hay mucho mas q agregar x ahora segun los debates y votaciones hecha sobre el tema.

Gran Laburo Virgi
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Mensaje por Virgi Tee Mar Oct 22, 2013 5:03 pm

Perdon por la ignorancia... pero ahora q estaría listo... en q parte del foro lo pongo????
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Mensaje por Cataratas Mar Oct 22, 2013 5:44 pm

Habría que confirmarlo con una votación.
Si ya tenés el texto confirmado te delego la apertura del hilo respectivo para votación 28 hs.
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Mensaje por Virgi Tee Mar Oct 22, 2013 6:25 pm

si si... este es el texto confirmado! ahora abro el hilo... gracias cata!!!
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Mensaje por Dthvader Mar Oct 22, 2013 6:28 pm

Q votacion??? Perdon...pero si esto ya fue votado y aprovado cada punto en su momento...
Esto es solo el ordenamiento y la correcion de errores de gramaticales del mismo estatuto ya aprobado.

Creo q lo unico q faltaria es ponerlo en un postit para q quede bien visual
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Mensaje por Virgi Tee Mar Oct 22, 2013 6:37 pm

q hago entonces???????????
Le hago caso al presi mejor....
Cata, no puedo ponerlo en votaciones porq me sale que no tengo permisos para hacerlo... Sad
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Mensaje por Mat22 Mar Oct 22, 2013 8:34 pm

La modificacion del estatuto ya fue aprobada o no????

En este caso solo queda mandarlo en algun lugar del foro como postit y listo, finish
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Mensaje por Virgi Tee Miér Oct 23, 2013 8:58 pm

Shocked 
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Mensaje por Cataratas Mar Oct 29, 2013 2:17 pm

/cierro y mando a votación.
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